Auto Supremo AS/1116/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1116/2015

Fecha: 04-Dic-2015

Por lo referido, el recurso de casación en el fondo interpuesto por el recurrente se


Por lo que en conclusión podemos referir que al haber acogido los Tribunales de instancia la pretensión de la parte actora se han enmarcado en la ley, en consecuencia no existe infracción que amerite casación.
Por lo referido, el recurso de casación en el fondo interpuesto por el recurrente se enmarca en lo determinado por el art. 271 num. 2), y 273 del Código de Procedimiento Civil