Auto Supremo AS/0134/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

En cuanto al Auto Supremo 214 de 28 de mayo de 2007 (marzo), se establece


En cuanto al Auto Supremo 214 de 28 de mayo de 2007 (marzo), se establece que emergió de la constatación del Tribunal del Tribunal casacional, de que el Auto de Vista omitió realizar análisis congruente de los motivos de la apelación restringida, y que contrariamente, acudió a la relación de “fórmulas o muletillas”, vulnerando al derecho a la defensa ya que la autoridad jurisdiccional que emita un fallo debe “dictar sus resoluciones debidamente motivadas, guardando coherencia entre la parte considerativa y la dispositiva, esto es sin incurrir en contradicciones, en desorden de ideas, yuxtaposición, numerativa de folios o de afirmaciones formuladas mecánicamente, o en una frondosa, enrevesada y superficial acumulación de disgresiones sin mayor relación con el caso a resolver, una resolución resulta insuficientemente motivada cuando en el caso concreto resulta superficial y/o unilateral o cuando los argumentos alegados resultan contradictorios o cuando se detectan vicios de razonamiento o de demostración (falacias o paralogismos), en todo caso la redacción debe guardar claridad explicativa, motivos por los que al existir falencia en la motivación del fallo de alzada, garantizando el derecho de la parte recurrente, corresponde dejar sin efecto el fallo recurrido”. Posteriormente, consideró pertinente ampliar doctrina legal a efecto de aclarar los requisitos para la formulación de las impugnaciones referidas a la violación de las reglas de la sana crítica