Auto Supremo AS/0134/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

La recurrente denuncia, como único motivo, que el Auto de Vista impugnado, incurrió en contradicción


La recurrente denuncia, como único motivo, que el Auto de Vista impugnado, incurrió en contradicción con el Auto de Vista 344 de 23 de diciembre de 2005, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que hubiese establecido que la venta de un departamento estando hipotecado el inmueble, constituye el delito de Estafa, y que dada la gravedad de la conducta, la sanción impuesta no puede ser de dos años; aspectos que -dice- no habrían sido tomados en cuenta por el Auto de Vista ahora impugnado, que mantuvo la pena impuesta de tres años de privación de libertad cuya conducta es reiterativa; pidiendo al tribunal de casación, modificar la sentencia e imponer la pena de cinco años