Auto Supremo AS/0139/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

De la relación precedente y lo establecido en Sentencia, se extraen los siguientes aspectos de

De la relación precedente y lo establecido en Sentencia, se extraen los siguientes aspectos de relevancia: Primero, incorrectamente y en contra del principio iura novit curia, el Tribunal de Sentencia partió del análisis de los tipos penales para concluir que los delitos de Falsedad Material e Ideológica no fueron acreditados, cuando se advirtió al inicio de este acápite, que en materia penal no se investigan ni sancionan tipos penales; sino, hechos que se consideran delictivos por la acusación; segundo, en esa errónea labor del Tribunal, nada se dice sobre el tipo de Uso de Instrumento Falsificado, que ciertamente también fue acusado por el Ministerio Público; tercero, en la acusación fiscal no se hizo referencia alguna a la falsificación de documentos, pues únicamente se mencionó que la imputada realizó retiro de montos de diferentes cuentas y en distintas oportunidades; no obstante, el Tribunal de Sentencia y por su cuenta, ingresó a analizar la autoría o no de la falsificación de firmas en los comprobantes. Estos aspectos demuestran que efectivamente la sentencia vulneró el principio de congruencia