Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0139/2015-RRC
Fecha: 27-Feb-2015
II.2. De la Sentencia
II.2. De la Sentencia
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Por memorial presentado, el 15 de agosto de 2014, que cursa de fs
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a) En mérito al requerimiento conclusivo acusatorio (fs
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b) Contra la referida Sentencia, la parte querellante formuló recurso de apelación restringida (fs
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Del memorial de recurso de casación (fs
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1) En el primer agravio planteado, la entidad recurrente denuncia inobservancia o errónea aplicación de
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2) Por su parte, en el quinto agravio del recurso, bajo el acápite intitulado “PRINCIPIO
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El recurrente solicitó se anule el Auto de Vista impugnado y se disponga que la
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Mediante Auto Supremo 699/2014-RA de 1 de diciembre, cursante de fs
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II.1. De la presentación de acusación particular y actuados relacionados
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Habiéndose presentado requerimiento conclusivo de acusación por el Ministerio Público ante el Juzgado de Instrucción
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Contra la anterior determinación, la parte querellante interpuso recurso de reposición solicitando se tome en
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II.2. De la Sentencia
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Concluido el juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Camiri del Tribunal Departamental de Justicia
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II.3. De la apelación restringida de la parte querellante
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La entidad querellante, ahora recurrente de casación, interpuso recurso de apelación restringida (fs
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II.4. Del Auto de Vista impugnado
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El Tribunal de alzada resolvió el fondo del recurso de apelación restringida emitiendo el Auto
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Con esos y otros argumentos, declaró improcedente el recurso de apelación restringida
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III
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El recurrente sostiene esencialmente en el primer motivo de su recurso, que el Auto de
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Como una consideración previa a la resolución de este motivo, se hace imperiosa la necesidad
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De lo anterior se tiene que, entre las cuestiones que debían debatirse en la audiencia
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Respecto a los defectos absolutos emergentes de actividad procesal defectuosa y nulidad de estos actos,
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Ahora, un acto procesal será defectuoso, cuando se constate que derivó en la cierta y
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A los efectos de una mejor compresión para la diferenciación entre defectos absolutos y relativos,
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Respecto a los actos viciados en los que de antemano sabemos que se tratan de
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Efectuadas las anteriores consideraciones de orden doctrinal y normativo pertinentes al planteamiento realizado e ingresando
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Tal como se tiene destacado en el resumen de los actuados procesales insertados en la
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En efecto, el querellante presentó su acusación; empero, la misma fue desconocida ilegalmente por el
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“La víctima en un proceso penal podrá intervenir de acuerdo con la ley y tendrá
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En consecuencia, los argumentos anteriores permiten concluir que el Tribunal de Sentencia vulneró la garantía
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III.2. Respecto a la denuncia de vulneración al principio de congruencia entre acusación y Sentencia
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En este agravio el recurrente reclama que, el Tribunal de Sentencia no consideró los principios
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Este Tribunal emitió abundante doctrina legal respecto al principio de congruencia entre la acusación y
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Asimismo, el Auto Supremo 073/2013-RRC de 19 de marzo, refiriéndose, en uno de sus fundamentos,
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Ingresando al análisis del caso concreto, según la acusación del Ministerio Público (único que fue
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De la relación precedente y lo establecido en Sentencia, se extraen los siguientes aspectos de
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Pero además y fundamentalmente, esa violación tiene estrecha relación con la anterior denuncia declarada fundada,
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A manera de conclusión final de los dos motivos analizados, que como se vio tienen
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Por todos los argumentos esgrimidos por este Tribunal, al no haberse verificado correctamente ni reparado
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Establecida la forma de resolución del presente recurso, debe dejarse constancia que este Tribunal, consideró
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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