Auto Supremo AS/0133/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Analizando el caso presente sobre la base doctrinal anteriormente expuesta, éste Tribunal concluye que la

Analizando el caso presente sobre la base doctrinal anteriormente expuesta, éste Tribunal concluye que la oportunidad para reclamar tales vicios se encuentra precluido, a mérito que dichos actos procesales debieron ser reclamados en su oportunidad, es decir, recurriendo a incidentes o planteando los mismos, objetando las pruebas, apelando a los autos interlocutorios o definitivos, utilizando el recurso de reposición, todo conforme establecen los arts. 143 al 148 del CPT, concordantes con los arts. 149 al 155, 215 al 226 del CPC, los cuales establecen el trámite de los incidentes, del recurso de reposición, las apelaciones, medios que la entidad demandada no utilizó en el trámite del presente proceso