Auto Supremo AS/0133/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Respecto al punto 6), se advierte que, el Auto de Vista de fs

Respecto al punto 6), se advierte que, el Auto de Vista de fs. 288 a 289, contiene un error de typeo, toda vez que, si bien en el rótulo de dicho fallo, se indicó que el mismo fue emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera, los Vocales y Secretario de Cámara que firman, son miembros de la Sala Social y Administrativa Primera, Sala a la cual el presente proceso fue remitido, esto mediante sorteo, que tiene su debida constancia a fs. 285 vta., de lo que se colige que, este error en el encabezado del Auto de Vista N° 189/09 SSA-I, no es trascendental en el caso de autos, puesto que, no ocasionó perjuicio alguno a ninguna de las partes, y que no afectó al fondo de la resolución. En ese mismo sentido, a modo de complementación, cabe decir que, de darse la nulidad en el caso concreto, significaría simplemente, satisfacer aspectos formales, bajo una exigencia de excesiva solemnidad y un formalismo vacío, sin cumplir los requisitos señalados por la doctrina como: alegar el daño o perjuicio sufrido, mencionado expresamente las defensas de que se ha privado oponer con oportunidad, acreditando además dicho perjuicio, para finalmente individualizar el interés jurídico que se procura subsanar con la invalidez reclamada; exigencias que no fueron reclamadas por la entidad recurrente, no siendo evidentes los reclamos acusados en la forma