Auto Supremo AS/0058/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

El recurrente también denuncia que el Juez de instancia y el tribunal de apelación, incurrieron

El recurrente también denuncia que el Juez de instancia y el tribunal de apelación, incurrieron en valoración errada y falta de valoración de la abundante prueba documental, testifical y confesión provocada, por lo que la resolución impugnada carecería de fundamentación legal, especificando que no se valoró la prueba documental que acredita que cumplía funciones propias y permanentes de la empresa; que no se valoró el memorándum de despido de 2 de enero de 2008; que no se valoró los documentos del Sindicato de Trabajadores de COTES Ltda., acreditan que con la finalidad de obtener su despido asumieron medidas de presión; falta de valoración de la documental cursante de fs. 18 a 21, emitida por la Vice Presidenta del Consejo de Administración de COTES Ltda., que acredita plenamente la continuidad en su contrato y que también prueba su despido; que no se valoró el Requerimiento Fiscal y la certificación emitida por Kjarol Herrera, que ratifica lo afirmado por Sandra Llave de Jadue; tampoco se valoró el silencio en la confesión provocada, por parte del Pdte. del Consejo de Administración como del Gerente General a los efectos del art. 166.II del CPT; en relación a la prueba testifical, el recurrente señala que no se valoraron las declaraciones de Sandra Llave y Kjarol Herrera, ambos Consejeros, razones por las que denuncia la violación del art. 3.g) y h) con relación al 59 del CPT, incurriendo así en interpretación o aplicación indebida de la ley conforme al art. 253.1) y 3) del CPC