Auto Supremo AS/0058/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

Por otra parte, denunció la falta de valoración por los Jueces de instancia, la confesión

Por otra parte, denunció la falta de valoración por los Jueces de instancia, la confesión provocada del Presidente del Consejo de Administración demandado y del Gerente General, quienes no concurrieron a la audiencia fijada a objeto de absolver el cuestionario presentado; al respecto, resulta evidente que la resolución impugnada resta mérito a este medio de prueba, cuyo alcance debe ser interpretado conforme al art. 166.II del CPT, en cuyo mérito el Juez de la causa en audiencia de confesión provocada ante la inconcurrencia del demandado de manera expresa señaló: “… en cumplimiento de art. 166 párrafo 2do. del Código Procesal de Trabajo, tomando en cuenta el art. 157 párrafo 2do. se da por confeso en el contenido del interrogatorio propuesto para la presente audiencia” (sic) (fs. 151); sin embargo, no obstante esta afirmación, los Jueces de instancia omiten considerar este medio probatorio en su verdadero alcance a momento de definir la problemática planteada, incurriendo en falta e incorrecta valoración de prueba conforme a la denuncia planteada, ingresando en error de derecho, al no cumplir la normativa de los arts. 3.h) y j), 167 del CPT, debido a que la confesión en material laboral es expresa y divisible, y el hecho admitido en ella no requería más pruebas. En consecuencia, correspondía a los Jueces de instancia valorar dicha prueba conforme a la normativa señalada