Auto Supremo AS/0186/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2015

Fecha: 07-Abr-2015

Principio de finalidad del acto, este principio no debe interpretarse desde un punto de vista

Principio de finalidad del acto, este principio no debe interpretarse desde un punto de vista subjetivo, referido al cumplimiento del acto, sino en su aspecto objetivo, o sea, apuntando a la función del acto, dando a entender que no basta la sanción legal específica para declarar la nulidad de un acto, ya que ésta no se podrá declarar, si el acto, no obstante su irregularidad, ha logrado el objeto o la finalidad a la que estaba destinada