Auto Supremo AS/0202/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2015-RRC-L

Fecha: 10-Abr-2015

6) Que, a decir de la prueba misma, presentada por la parte acusada, se estableció


6) Que, a decir de la prueba misma, presentada por la parte acusada, se estableció que: i) Haber tramitado una reposición del certificado de defunción de Simón Mamani Gómez, en forma a-posterior de llegar a utilizar el fraguado; ii) El tratar de sustentar que hubo un acuerdo a través de las autoridades comunitarias, donde firman estas empero no así los nombrados interesados; y, iii) Que la declaratoria de herederos a favor de Lázaro Ajllahuanca Mamani, precisamente, demuestra un derecho que le asiste y que puede ser reclamado como hacerla válida por ante cualquier autoridad o terceras personas