Auto Supremo AS/0202/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2015-RRC-L

Fecha: 10-Abr-2015

Respecto del primer motivo en el que se alega la vulneración al principio de continuidad,


Respecto del primer motivo en el que se alega la vulneración al principio de continuidad, por la existencia de suspensiones mayores a los diez días calendario previsto por el art. 336 del CPP. Asimismo, que el Auto de Apertura de juicio oral hubiese señalado el inicio de las audiencias fuera del plazo establecido por el art. 343 del CPP, es decir, al día 48