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    Auto Supremo AS/0205/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0205/2015-RRC-L

    Fecha: 10-Abr-2015

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    • Por memorial presentado ante Notario de Fe Pública y ante el Tribunal de alzada
    • I.1. Antecedentes
    • 1) Por Sentencia 08/2009 de 14 de agosto (fs
    • 2) Contra la mencionada Sentencia, el querellante Oscar Osorio Vesga formuló recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivos del recurso
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 055/2015-RA-L de 4
    • Finalmente, alega el recurrente que en vista que tanto la Sentencia como el Auto de
    • I.1.2. Petitorio
    • Por lo expuesto, el recurrente solicita que una vez admitido el presente recurso y se
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Desarrollado el juicio oral, el Juez Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del
    • b) Con relación al error, no se puede manifestar que existió si no hubo engaño;
    • c) La prueba de cargo practicada según la libre apreciación del Juez, ajustada a las
    • El querellante Oscar Osorio Vesga, planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia 08/2009 de
    • Finaliza manifestando que existen defectos absolutos en la Sentencia, al haberse vulnerado el debido proceso,
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • i) El Tribunal de apelación no puede descender a revisar y modificar cuestiones de hecho
    • iii) Con relación al tercer motivo del recurso, no es evidente que la Sentencia hubiere
    • a) La debida fundamentación
    • Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • La apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba y
    • Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el tribunal o juez tiene el
    • En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
    • Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
    • Este entendimiento ha sido igualmente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • De lo señalado precedentemente, se concluye que de manera general, el Tribunal de alzada se
    • En relación al motivo analizado en el presente recurso, la denuncia del recurrente se centra
    • Bajo ese contexto, señala el recurrente que en el primer punto resuelto por el Auto
    • Una vez analizados los argumentos empleados por los Vocales a tiempo de responder al punto
    • Añaden luego, que no es cierto el agravio denunciado sobre inobservancia de la ley sustantiva
    • Consecuentemente, se advierte que el Tribunal de apelación dio cumplimiento a lo establecido por el
    • La respuesta fue expresa, puesto que se explicó adecuadamente que el Tribunal de apelación restringida
    • Sustentó dicha determinación en la valoración probatoria realizada por el Juez de Sentencia, la misma
    • A más de lo cual, cuando se denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, es
    • Ahora bien, sobre el segundo punto resuelto en la Resolución de alzada, alega el recurrente
    • Con relación a dicho reclamo, el Auto de Vista ahora impugnado señaló que en el
    • Con referencia a este reclamo sobre carencia de debida fundamentación del Auto de Vista impugnado,
    • Por otra parte, se deja en ‘indefensión’ a las partes y se viola la garantía
    • Por lo que es esencial que el Auto de Vista que resuelve el recurso de
    • El tercer punto del Auto de Vista que ahora se impugna en el recurso de
    • No obstante ello, de la revisión del recurso de apelación restringida planteada por el Oscar
    • Finaliza señalando que el Juzgador únicamente valoró y razonó las pruebas de cargo tanto literal
    • Dentro de ese contexto, del tercer punto del Auto de Vista se desprende que en
    • De la revisión de lo señalado, el sistema de la sana crítica, otorga a las
    • El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
    • Para que la fundamentación de una Sentencia sea válida se requiere no sólo que el
    • El Juez o Tribunal de Sentencia tiene la finalidad de establecer la existencia del hecho
    • En consecuencia, ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica,
    • En conclusión, el recurso basado en errónea apreciación de la prueba tiene por finalidad examinar
    • Pues como se desarrolló, a efectos de demostrar la violación a las reglas de la
    • Entonces, el análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al
    • En el caso de análisis, ante la denuncia de errónea valoración probatoria, corresponde al Tribunal
    • Pese a lo manifestado, el Tribunal de alzada otorga una respuesta con relación a la
    • Finalmente, reclama el recurrente que los Vocales resolvieron un sexto motivo, pasando por alto el
    • Por todo lo expuesto, al no haberse detectado vulneración de los derechos y garantías denunciados,
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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