- Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) En mérito a las acusaciones pública (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el representante del acusador particular Freddy Carballo Becerra (fs
- c) En cumplimiento del mencionado Auto de Vista, se realizó nuevamente el juicio en el
- d) Contra dicha Sentencia, los imputados Casimiro Mamani Colque (fs
- En cuanto a la falta de fundamentación, refiere que el Auto de Vista recurrido no
- Con base a los argumentos que expone, el recurrente solicita la admisión del recurso y
- Mediante Auto Supremo 011/2014-RA de 8 de enero, cursante de fs
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- II.2. De las apelaciones restringidas
- Que la Sentencia condenatoria es ilegal, porque no se ajusta a la verdad histórica de
- Emiliana Ovando Rocha y Agustín Copa Amaru, a tiempo de formular recurso de apelación restringida,
- 2) La Sentencia debe ser anulada porque se hizo participar en el juicio a un
- 3) Sentencia contradictoria entre las declaraciones testificales y parte resolutiva
- 4) La Sentencia no guarda relación con las acusaciones pública y particular
- 5) La Sentencia establece condena por Uso de Instrumento Falsificado
- 6) La Sentencia no individualizó fundadamente la participación de cada uno de los coprocesados
- 7) Inexistencia de una adecuada y suficiente fundamentación de la Sentencia
- 8) Valoración defectuosa de la prueba desfilada en juicio
- 9) Sentencia que viola el principio de continuidad
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró procedente en parte
- Continuó relacionando que en el sistema procesal penal de raíz acusatoria, rige el principio de
- Señaló haberse otorgado interés especial a la argumentación referida a la falta de fundamentación como
- En el Considerando III, señaló que es evidente no haberse realizado la debida fundamentación probatoria
- De igual manera, el Juez no realizó una fundamentación jurídica, por cuanto si bien subsume
- Respecto al defecto establecido en el inc
- En relación al defecto alegado establecido en el inc
- Finalmente en cuanto a la vulneración del principio de continuidad, el Tribunal de apelación enfatizó
- Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar la existencia
- III.1. Doctrina Legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- Previamente, conviene tener presente la importancia legal que implica la invocación del precedente contradictorio, plasmada
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- En ese contexto, el recurrente para fundar su recurso de casación, invocó como precedente contradictorio
- El precedente fundamentó que el Tribunal de alzada, incurrió en la causal del inc
- Asimismo, el recurrente invocó el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, que
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- III.2. Análisis del caso concreto
- Del contenido del recurso de casación, se evidencia que el recurrente denuncia que el Tribunal
- Igualmente refiere que el Auto de Vista impugnado determinó la existencia de incongruencia entre la
- Además agrega que existe falta de fundamentación en el Auto de Vista recurrido porque no
- Establecido el ámbito de análisis del recurso de casación, el recurrente a tiempo de atribuir
- Respecto al primer aspecto, se evidencia que la afirmación asumida por la parte recurrente carece
- El principio de congruencia o denominado también principio de coherencia o de correlación entre la
- En este contexto, este Tribunal, dejó establecido haberse adscrito a la doctrina basada en el
- En el caso en análisis, el Auto de Vista impugnado en la posición adoptada en
- De igual manera enfatizó que el juzgador, no realizó una fundamentación jurídica, pues si bien
- De acuerdo a lo relacionado, la denuncia de falta de fundamentación atribuida a la Resolución
- Finalmente, los fundamentos descritos conducen a establecer, tomando en cuenta la doctrina legal esbozada en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
