Auto Supremo AS/0082/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2015-L

Fecha: 05-May-2015

Consiguientemente, se establece que, el tribunal de alzada, ha resuelto incorrectamente con relación a no

Consiguientemente, se establece que, el tribunal de alzada, ha resuelto incorrectamente con relación a no haber concedido el pago doble por incumplimiento del aguinaldo correspondiente a la gestión 2007; como la cancelación de la multa del 30%, por falta de pago dentro de los 15 días siguientes al despido de la trabajadora; por todo ello, al ser evidente en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo, corresponde casar parcialmente el auto de vista recurrido