Auto Supremo AS/0082/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2015-L

Fecha: 05-May-2015

En definitiva a mérito de las consideraciones precedentes, no siendo evidente las infracciones acusadas por

En definitiva a mérito de las consideraciones precedentes, no siendo evidente las infracciones acusadas por la Corporación Aquino Bolivia S.A. (UDABOL), corresponde resolver el recurso de acuerdo a las previsiones contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC; mientras que, con respecto al recurso de la demandante corresponde disponer en la forma prevista por el art. 271.4) y 274.II del citado Procedimiento, casando en parte el auto de vista; disposiciones legales que resultan aplicables por permisión contenida en el art. 252 del CPT