Auto Supremo AS/0318/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Respecto a este motivo, en sus puntos i) y ii), la respuesta que antecede de


Respecto a este motivo, en sus puntos i) y ii), la respuesta que antecede de la Resolución impugnada, permite concluir a este Tribunal Supremo de Justicia que no es evidente que el Tribunal de alzada haya incurrido en falta de fundamentación a momento de resolver el recurso de apelación interpuesto por el recurrente, al contrario, se advierte que cumplió con su deber de logicidad; puesto que, constató que el Tribunal de sentencia valoró la prueba judicializada en base a su competencia, no habiendo incurrido en omisión respecto a las señaladas pruebas; toda vez, que otorgó una respuesta explicando cómo y de qué manera el Tribunal de juicio las consideró a momento de emitir el fallo de absolución, en completa observancia de la doctrina legal aplicable desarrollada en el acápite III.2 de la presente resolución; así como, de los Autos Supremos invocados por el propio recurrente, en consecuencia, el Auto de Vista recurrido no resulta contrario a lo establecido por los arts. 124 y 398 del CPP