En ese contexto, se aprecia que el demandante únicamente solicitó en su demanda lo referido
En ese contexto, se aprecia que el demandante únicamente solicitó en su demanda lo referido al desahucio, indemnización y sueldos devengados, sin que en el transcurso del proceso existan otros elementos pasibles a conducir a los tribunales de instancia a determinar la pertinencia de otros derechos que tengan conexitud a los solicitados en la demanda, porque de la revisión de obrados, la demanda interpuesta por el actor así como las pruebas aportadas por ambas partes, evidencia que estas fueron valoradas de manera correcta por el tribunal de alzada con relación a las disposiciones legales relativas a la materia, medios de prueba y su apreciación, por lo que la Resolución impugnada se encuentra acorde con la norma citada, no correspondiendo el análisis de la solicitud de aguinaldo, vacación, incremento y bono de libro, porque no fue solicitado en la demanda ni enervado durante la tramitación del proceso
- VISTOS: El recurso de casación de
- Mediante Auto de 21 de diciembre de 2010, cursante de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente
- b)Añade que prestó servicio a la Universidad por 15 años y 17 días es decir
- Prosigue refiriendo que la rúbrica en su papeleta de vacaciones, va en contra del
- d)Los tribunales de instancia, no aplicaron la facultad procesal prevista por el art
- e)Finalmente aduce que, la Resolución Impugnada deniega la imposición de multa del 30%, señalando que
- Concluyó solicitando que la entonces Corte Suprema de Justicia, case el Auto de Vista impugnado
- Los incs
- Considerar que la valoración de la
- Conviene tener presente que el error de derecho en la apreciación de la prueba, doctrinalmente
- Conviene aclarar que si bien, conforme se tiene expuesto supra, en materia laboral no tiene
- En el caso presente de la revisión de obrados se advierte que el recurrente se
- Con lo precedentemente referido si bien es cierto que no se instauró proceso administrativo en
- En esta acápite el recurrente denuncia, que no se aplicó lo dispuesto por el art
- Al respecto, precisar que los jueces y tribunales, al tramitar las causas sometidas a su
- En ese contexto, se aprecia que el demandante únicamente solicitó en su demanda lo referido
- Finalmente denuncia que corresponde la aplicación de la multa prevista por el art
- Protegida como está la estabilidad laboral y
- Como se advierte el desarrollo normativo,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
