Auto Supremo AS/0407/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2015

Fecha: 08-Jun-2015

En esta acápite el recurrente denuncia, que no se aplicó lo dispuesto por el art

II.1.2 Sobre la aplicación del art. 202 inc. c) del CPT
En esta acápite el recurrente denuncia, que no se aplicó lo dispuesto por el art. 202.c) del CPT respecto a reconocer otros derechos del trabajador que no hayan sido expuestos en la demanda, tal el caso de vacación y aguinaldo por duodécimas, incremento salarial del 2007 y bono de libro; siempre y cuando tomando en cuenta que la desvinculación laboral se efectuó el 9 de abril de 2007