Auto Supremo AS/0435/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2015

Fecha: 17-Jun-2015

Reclamó que, el acta referida a la inspección ocular se encontraría viciada de nulidad, debido

Reclamó que, el acta referida a la inspección ocular se encontraría viciada de nulidad, debido a que no lleva la firma ni el sello del Juez de primera instancia, ni de la secretaría del juzgado de origen, conforme la previsión de los arts. 102. 5) y 6) y 427 y 428 del CPC, lo que determinaría la nulidad hasta el vicio más antiguo