Auto Supremo AS/0379/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2015-RRC-L

Fecha: 27-Jul-2015

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Armando Zuna Cuizara y Rolando Calle Condori, interpusieron


a) Concluida la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia de la Provincia Modesto Omiste del Distrito Judicial de Potosí, pronunció la Sentencia de 6 de abril de 2010 (fs. 43 a 49 vta.), declarando a Armando Zuna Cuizara y Rolando Calle Condori, autores y culpables de la comisión del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años y seis meses a ser cumplida en el penal de “Santo Domingo” de la ciudad de Potosí.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Armando Zuna Cuizara y Rolando Calle Condori, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 51 a 55), observado por Auto de 23 de julio de 2010 (fs. 68) y subsanado por memorial de 1 de agosto del mismo año (fs. 76 a 78). La impugnación fue resuelta por Auto de Vista 40/2010 de 10 de septiembre (fs. 91 a 92 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, que declaró improcedente el recurso y confirmó la Sentencia impugnada, con costas, motivando con ello la interposición del recurso de casación que es motivo de examen de fondo