Auto Supremo AS/0379/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2015-RRC-L

Fecha: 27-Jul-2015

El recurrente acusa al Tribunal de alzada, la infracción a los arts


El recurrente acusa al Tribunal de alzada, la infracción a los arts. 124 y 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en contradicción con los Autos Supremos 562/2004 y 307/2003 relativos a la obligación de fundamentar las Resoluciones y al orden público de las normas procesales y su consiguiente cumplimiento obligatorio; fallos, respecto a los cuales dice fueron incumplidos por el Tribunal de apelación de Potosí. Como aspectos que no fueron atendidos por los de alzada, indica los siguientes:

1) Denuncia infracción al art. 124 del CPP, en contradicción con los precedentes señalados; toda vez, que ni el Auto de Vista menos el Tribunal de Villazón fundamentaron cuál fue la participación de cada uno de los imputados, ya que sólo habría sido uno el que pateó y lesionó la mandíbula, sin ser identificado; sostiene que contrariamente, el Tribunal de alzada señaló que los autores fueron identificados en aplicación del art. 20 de la Ley 1768, entendimiento bajo el cual, no existirían cómplice, encubridor ni otros presupuestos de participación. Se cuestiona, si el art. 20 de la Ley 1768 no tenía que aplicarse de manera integral con el art. 24 del mismo compilado legal. Sostiene que constituye defecto absoluto no dar aplicabilidad al ya citado art. 24