Auto Supremo AS/0379/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2015-RRC-L

Fecha: 27-Jul-2015

En similar sentido se pronunció el Auto Supremo 021/2012-RRC de 14 de febrero de


En similar sentido se pronunció el Auto Supremo 021/2012-RRC de 14 de febrero de 2012, que señaló: “... no se puede decretar la nulidad, sino sólo cuando hay un defecto que por haber causado una afectación a un derecho o garantía constitucional se constituye en absoluto; es decir, la nulidad no deriva sólo del quebrantamiento de la forma, pues es necesario que ese quebrantamiento haya afectado los derechos de alguna de las partes y que ésta haya demostrado el agravio para poder solicitar la anulación del acto denunciado de ilegal” (Las negrillas son nuestras)