Auto Supremo AS/0392/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2015-RRC-L

Fecha: 29-Jul-2015

De otro lado, alegan que los certificados médicos fueron observados oportunamente, en sentido que el


De otro lado, alegan que los certificados médicos fueron observados oportunamente, en sentido que el emitido el 17 de febrero de 1999 por el Médico Forense José Hoyos Sánchez, no demuestra que existió lesión en el oído derecho y menos golpe o equimosis; en cambio, el expedido el 23 de julio del año de 1999 por el mismo profesional, refiere todo lo contrario y diagnostica sordera neural profunda y trauma acústico avanzado con hipoacusia neuro sensorial profunda; el mismo que resultó ser solamente una convalidación de un certificado particular logrado por la parte civil, al menos así expresó el forense a tiempo de prestar su declaración en audiencia, denotando que no existió una revisión médico legal. Sin embargo, el Juez de la causa, sin fundamento legal o prueba alguna, en violación de sus derechos, amplió el auto inicial de la instrucción