Auto Supremo AS/0392/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2015-RRC-L

Fecha: 29-Jul-2015

En consecuencia, conforme se tiene expuesto, la revisión de valoración de todos y cada uno


En consecuencia, conforme se tiene expuesto, la revisión de valoración de todos y cada uno de los elementos probatorios por parte del Juez de instancia, se ajusta correctamente a las normas contenidas en los arts. 120, 133, 134 y 135 del Código de Procedimiento Penal de 1972; de ahí, que no son evidentes las infracciones acusadas en el recurso que se analiza, en sentido que en el proceso penal tramitado contra los recurrentes, en ningún momento se los habría identificado de forma directa como autores del ilícito penal denunciado supuestamente como consecuencia de la errónea valoración probatoria