Auto Supremo AS/0503/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Asimismo en el marco del principio social recogido en nuestro diseño constitucional, se encuentra comprendido

Con referencia a la forma de desvinculación, precisar que en materia laboral por el principio de inversión de la prueba, corresponde al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, siendo simplemente una facultad del actor es decir del trabajador la de ofrecer prueba, mas no una obligación.
Asimismo en el marco del principio social recogido en nuestro diseño constitucional, se encuentra comprendido la aceptación doctrinal que "entre el fuerte y el débil la libertad oprime" y que existen desigualdades naturales que deben ser igualadas con otras desigualdades. Esta es la razón por la que, nuestro adjetivo laboral atribuya al empleador la carga de la prueba, de modo que sea éste quien desvirtúe las pretensiones del trabajador demandante, a diferencia de lo que ocurre en materia civil en el que ambas partes deben probar sus aseveraciones y pretensiones