Auto Supremo AS/0503/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2015

Fecha: 21-Jul-2015

La recurrente denuncia que, tiene derecho a percibir el pago de prima, porque no es

La recurrente denuncia que, tiene derecho a percibir el pago de prima, porque no es exclusiva obligación de las empresas, sino se aplica cuando el empleador ha obtenido ganancias y en el caso presente la demandada debe equiparase a una empresa unipersonal, asimismo las ganancias se encuentra demostradas mediante las documentales de fs. 178 a 183, pruebas que fueron erradamente valoradas por el tribunal de segunda instancia