Auto Supremo AS/0545/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2015

Fecha: 04-Ago-2015

b) Acusó también que, el Auto de Vista impugnado precisó que no era necesario iniciar

b) Acusó también que, el Auto de Vista impugnado precisó que no era necesario iniciar un proceso administrativo interno establecido en los arts. 77 inc. c) y 81 del Reglamento Interno de Trabajo del Personal de la Caja Nacional de Salud (RITPCNS), puesto que estaba comprobada y reconocida por la actora la irregular obtención del título académico; con lo que se realizó una errónea aplicación del art. 77.c de dicho reglamento estipula que “la sanción será aplicada por el Director Ejecutivo previo proceso administrativo y Resolución correspondiente” (sic) precisando además que el art. 81 de aquel Reglamento exige la sustanciación de un sumario interno a fines de aplicar una determinada sanción, lo que equivaldría a una “errónea aplicación de la Ley” (sic)