Auto Supremo AS/0609/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2015-RRC

Fecha: 21-Sep-2015

Por lo expuesto, además de corroborarse que el Tribunal de alzada no contradijo la doctrina


Por lo expuesto, además de corroborarse que el Tribunal de alzada no contradijo la doctrina legal invocada, por cuanto no incurrió en incongruencia omisiva, se advierte que la fundamentación del Auto de Vista impugnado es razonable, coherente y legal, detectándose a su vez que los recurrentes no demostraron de modo alguno la relevancia de resolver el fondo de la problemática planteada, que de todos modos no fue debidamente fundamentada; en consecuencia, el motivo analizado deviene infundado