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    Auto Supremo AS/0707/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0707/2015-RRC-L

    Fecha: 30-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 10 de mayo de 2011, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • 1) Denuncia incongruencia omisiva porque el Tribunal de alzada, no se pronunció sobre todos los
    • I.1.2. Petitorio
    • I.1.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 491/2015-RA-L de 13 de agosto, este Tribunal declaró admisible el recurso de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • II.2. De la apelación restringida
    • II.2.2. Del Auto de Vista
    • Radicado el proceso en la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
    • III
    • El recurrente conforme se tiene anotado en el acápite I
    • Sobre esta temática, invocó el Auto Supremo 449 de 12 de septiembre de 2007, el
    • La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
    • La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en
    • Ingresando al análisis del caso en cuestión, el recurrente denunció que el Tribunal de alzada
    • De lo anotado supra, se concluye que el razonamiento esgrimido por el Tribunal de apelación,
    • El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, no explicó jurídicamente cómo y por qué
    • Para el motivo en examen, invocó los Autos Supremos 37 de 27 de enero de
    • Dicho principio persigue que el juicio se desarrolle en un lapso cerrado mediante un proceso
    • El Auto Supremo 153 de 2 de febrero de 2007, emerge del juzgamiento por los
    • La deliberación se inicia inmediatamente después del debate y concluye inmediatamente antes de leerse la
    • De estos antecedentes se tiene que el acto de deliberación propiamente dicho, no puede ser
    • En cuanto a la interpretación del art
    • De la jurisprudencia glosada, se concluye que no hubo vulneración alguna a los derechos y
    • No obstante, lo expresado supra, la denuncia está ligada a la vulneración del art
    • Del análisis realizado precedentemente, se advierte que el Tribunal de alzada al desestimar el recurso
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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