Auto Supremo AS/0707/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2015-RRC-L

Fecha: 30-Sep-2015

De la jurisprudencia glosada, se concluye que no hubo vulneración alguna a los derechos y


De la jurisprudencia glosada, se concluye que no hubo vulneración alguna a los derechos y garantías constitucionales del recurrente, contrariamente, se interpretó correctamente los alcances del art. 170 del CPP, relativo a los defectos relativos