Auto Supremo AS/0707/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2015-RRC-L

Fecha: 30-Sep-2015

Para el motivo en examen, invocó los Autos Supremos 37 de 27 de enero de


Para el motivo en examen, invocó los Autos Supremos 37 de 27 de enero de 2007 y 153 de 2 de febrero de 2007, el primero deviene del delito de Asesinato, en él se denunció vulneración del principio de continuidad, evidenciándose que la audiencia de juicio oral fue suspendida en varias oportunidades y por lapsos que superaban el máximo permitido por ley, entre 13, 18, 18, 15 y 23 días respectivamente, vulnerándose el principio de celeridad, dictando la siguiente doctrina legal aplicable: ”Esta Sala estima que el espíritu del Código de Procedimiento Penal y del sistema oral acusatorio, contiene como regla general, el principio de continuidad de la audiencia de juicio, el que consiste que aquella se realizará sin interrupción, durante todas las sesiones consecutivas que sean necesarias hasta su culminación; estableciendo como excepción al mencionado principio, la suspensión de dicha audiencia, por un plazo máximo de diez días, tan solo una vez y en cualquiera de los casos enumerados en la disposición 335 del Código de Procedimiento Penal