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    Auto Supremo AS/0903/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0903/2016-RRC

    Fecha: 18-Nov-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de mayo de 2016, cursante de fs
    • a)Por Sentencia 7/2015 de 13 de abril (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 588/2016-RA de 3 de agosto,
    • 1)El recurrente denuncia la existencia de actividad procesal defectuosa no susceptible de convalidación alegando que:
    • 2)En su recurso de apelación restringida denunció el defecto de Sentencia previsto en el inc
    • todos los extremos o puntos apelados, constituye una vulneración al debido proceso y atenta contra
    • 4)Por último, alega que en el Auto de Vista recurrido no se hizo constar o
    • Mediante Auto Supremo 588/2016-RA de 3 de agosto, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado
    • hasta ese momento en toda la etapa anterior al juicio estando en ese momento en
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de
    • Este Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la parte acusada,
    • III
    • Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada mediante la labor
    • De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
    • En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
    • Por los fundamentos expuestos, y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
    • Previamente corresponde señalar que este motivo fue admitido vía flexibilización, donde el recurrente denuncia, que
    • La Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza el principio a la impugnación, que se
    • Dentro de esta estructura de recursos, se tiene la apelación restringida, que es planteada contra
    • También debe tenerse en cuenta, que en la señalada audiencia de fundamentación, los integrantes del
    • Ahora bien, conforme se tiene de antecedentes, llevado adelante la audiencia de fundamentación oral del
    • III.1.3. Sobre la falta de fundamentación
    • ciudadanos tras la regularización del sistema procesal, no se requiere de la firma de los
    • A los fines de la resolución del presente motivo, es preciso referir con carácter previo,
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
    • junto al Juez Técnico decidieron disolver el Tribunal y sólo ellos como Jueces técnicos llevar
    • Ahora bien, de la revisión del Auto de Vista recurrido, conforme se extrajo en el
    • III.1.4.Del precedente invocado y análisis respecto a la falta de pronunciamiento
    • Reclama el recurrente, que el Tribunal de alzada no se pronunció al tercer motivo de
    • Ingresando al análisis del presente reclamo, conforme se extractó en los apartados II
    • Sobre los referidos reclamos el Auto de Vista recurrido, conforme lo extractado en el acápite
    • Por lo expuesto, en atención a los principios que conforman el sistema de nulidades procesales
    • Denuncia el recurrente, que el Auto de Vista recurrido no hizo constar ni valoró los
    • Ahora bien, conforme se señaló para el análisis del primer motivo de casación identificado en
    • considerativa y resolutiva de la Sentencia; puesto que, el Tribunal de alzada realizó afirmaciones incompletas
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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