Auto Supremo AS/0903/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0903/2016-RRC

Fecha: 18-Nov-2016

junto al Juez Técnico decidieron disolver el Tribunal y sólo ellos como Jueces técnicos llevar


Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se extractó en el apartado II.2 de este Auto Supremo, el recurrente como primer motivo de su recurso de apelación restringida reclamó que la sentencia incurrió en el defecto del art. 370 inc. 9) del CPP, por falta de firmas de los jueces ciudadanos, ya que no podía determinar si participaron en la deliberación de la sentencia por no constar en la misma; puesto que, del acta de constitución del Tribunal el proceso fue constituido por jueces técnicos y ciudadanos; sin embargo, en pleno juicio, interpretando de manera irregular e ilegítima el art. 4 de la parte dispositiva transitoria de la Ley 586, cuando la parte acusadora producía su prueba de cargo la Presidenta del juicio


junto al Juez Técnico decidieron disolver el Tribunal y sólo ellos como Jueces técnicos llevar adelante el resto del juicio hasta dictar sentencia, no haciendo constar que el proceso estaba constituido por jueces técnicos y ciudadanos y los motivos por los cuales fueron excluidos del proceso