Auto Supremo AS/0096/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0096/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

De la revisión del recurso de apelación restringida, se tiene que, el apelante acusó defectos


De la revisión del recurso de apelación restringida, se tiene que, el apelante acusó defectos de sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, señalando que el Tribunal de juicio habría efectuado valoración defectuosa de las pruebas, A-1 y A-10, consistentes en informes de la Unidad de Investigaciones Financieras UIF/DIR/899/03 de 10 de noviembre de 2003, complementado con la prueba A-11 referida a la Informe Complementario UIF/IFC/171/2005 de 30 de septiembre de 2005, mismas que no merecieron una correcta valoración por parte del Tribunal de juicio, quienes habrían sostenido que conforme a las reglas de la sana crítica, las mismas no constituirían prueba plena de culpabilidad, sino simples indicios, por ser insuficientes para determinar el origen ilícito de los dineros y porque tales pruebas no fueron sometidos al principio de inmediación y contradicción, pues los suscriptores de tales pruebas no comparecieron al juicio oral, violentando los arts. 185 ter del CP, en concordancia del DS 24771, referido al Reglamento de la Unidad de Investigaciones Financieras de 31 de 1997, en sus arts. 2, 18, 27 y 40, por cuanto, las mencionadas pruebas demostraron los elementos constitutivos de tipo penal de Legitimación de Ganancias Ilícitas, efectuando a continuación una serie de consideraciones legales y fácticas sobre dicha afirmación