Auto Supremo AS/0096/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0096/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

De lo expuesto y analizados los antecedentes procesales, se establece que el apelante, al identificar


De lo expuesto y analizados los antecedentes procesales, se establece que el apelante, al identificar como pruebas valoradas defectuosamente, las que evidenciarían la comisión de los delitos endilgados, identificando las normas violentadas, de una parte, individualizando las declaraciones de los imputados Jenny Aquize Lobo en lo referente a que producto de sus actividades laborales y económicas se agrandó se ese modo su patrimonio; de Ednar Pablo Paco Lobo, en lo referente a que a los 14 años habría asesorado jurídicamente a dos urbanizaciones y que los dineros recibidos en calidad de anticipo de legítima de su padre, siendo menor de edad, habría originado su patrimonio; y, de Isabel Lourdes Villegas Alarcón, igualmente sobre el origen de su patrimonio junto a su esposo, el coimputado antes aludido, por un lado; y, por otro, al haber concretado claramente, las pruebas signadas como A-1, A-10, A-11, D-1, D-2, D-3, D-4, D-5 y D-6, explicando claramente la falencias valorativas denotadas en la labor del Tribunal de juicio, este Tribunal constata que el apelante señaló e identificó correctamente las partes de la Sentencia que no fueron valoradas conforme al recto entendimiento humano, de acuerdo a las reglas de las sana crítica, la lógica, la experiencia común y la psicología, cumpliendo de esta manera cabalidad con los requisitos de admisión, puesto que no se limitó a referir meramente los actuados procesales observados, sino que expuso sus razonamiento de acuerdo al correcto entendimiento de las reglas de la sana crítica al momento de cuestionar los defectos de sentencia