Auto Supremo AS/0102/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

3) Denuncian bajo el acápite “DEFECTUOSA VALORACION DE LA PRUEBA” (sic), que el Auto de


Agregan, que el Tribunal de alzada actuó irracionalmente; por cuanto, no puede convalidar que se absuelva a los acusados por dos delitos cuando sólo fueron denunciados por uno, hecho que –afirman- vulneran los principios de tipicidad; toda vez, que el tipo penal debe ser preciso, el debido proceso y la congruencia que debe existir entre la acusación y la Sentencia, concluyendo los recurrentes que se vulneró la correcta, oportuna y eficiente administración de justicia que les impone el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE).

3) Denuncian bajo el acápite “DEFECTUOSA VALORACION DE LA PRUEBA” (sic), que el Auto de Vista recurrido no valoró su reclamo referido, a que la Sentencia incurrió en omisión deliberada; por cuanto, no habría emitido ningún juicio sobre los documentos incriminados de uso, informe Nº 54 y certificación catastral anulado vía administrativa municipal, limitándose a señalar que no era evidente; además, que sus personas no habrían impugnado con logicidad; y, que los errores municipales no podrían atribuirse a los acusados, -criterio que consideran- falacia, puesto que, esos errores hubiesen sido inducidos por los acusados quienes a sabiendas utilizaron los documentos falsos en el juicio civil, no pudiendo a decir de los recurrentes alegar ignorancia; por cuanto, la primera sería profesora y el segundo abogado, actuando ambos con premeditación y mala fe, lesionando sus derechos y garantías a la defensa