Auto Supremo AS/0102/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

En el acápite subtitulado “ VI


En el acápite subtitulado “ VI.FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y DOCTRINAL” (sic), concluyó que: “ El Tribunal considera que la acusación Fiscal así como la Acusación Particular en observancia del principio Constitucional de presunción de inocencia prevista por el Art. 116 de la Constitución Política del Estado, Arts, 6 del Código de Procedimiento Penal tienen el deber y la obligación de demostrar la culpabilidad de la imputada más allá de duda razonable a los fines de que el Tribunal adquiera convicción sobre su responsabilidad de los hechos acusados, por cuanto la carga de la prueba corresponde a los acusadores, situación que no fue demostrada y probada en el presente juicio, por cuanto se prohíbe toda presunción de culpabilidad y autoría, toda vez que la doctrina penal refiere que la ‘presunción de inocencia es una garantía en este caso para los acusados en el presente caso frente a una acusación formal y tiene incidencia en el ámbito probatorio, la prueba completa de la culpabilidad del imputado debe ser suministrada por la acusación, imponiéndose la absolución del inculpado si la culpabilidad no queda suficientemente demostrada’ Guía de Actuaciones para la aplicación del NCPP