Auto Supremo AS/0329/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Asimismo, en el considerando ocho, por un lado refirió: “…las pruebas presentadas por el Ministerio


Asimismo, en el considerando ocho, por un lado refirió: “…las pruebas presentadas por el Ministerio Público aún tienen suficiente consistencia y eficacia probatoria para individualizar al acusado, ya que cumple con el voto previsto en los Arts. 194, 200, 350 y 351 del CPP…” (sic); y por otro: “ si bien la defensa ha presentado las pruebas de descargo para tratar de destruir la acusación fiscal, sin embargo debe tenerse presente que la prueba de cargo corresponde al acusador fiscal y particular, situación que el Tribunal inferior tuvo en cuenta a tiempo de dictar la sentencia condenatoria, cumpliendo con lo establecido por los Arts. 71, 171 y 172 del CPP.” (sic), concluyendo sobre este punto que la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal inferior es correcta y refleja la realidad de los hechos, y que habría valorado debidamente