Auto Supremo AS/0329/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0329/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Consecuentemente, contrastado el precedente contradictorio con relación al Auto de Vista impugnado, se evidencia que


Consecuentemente, contrastado el precedente contradictorio con relación al Auto de Vista impugnado, se evidencia que no existe situación de hecho similar conforme lo exige el párrafo tercero del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, por cuanto las circunstancias fácticas son distintas a las establecidas en el Auto Supremo invocado como precedente, puesto que la celebración de la audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida en el mencionado Auto Supremo fue enfocado por el recurrente a partir de que fue celebrada por Tribunal incompetente, con motivo de la remisión del recurso de apelación restringida de la Sala Penal Primera a la Sala Penal Segunda, y; por el contrario, en el caso de autos, la celebración de la audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida, fue enfocado por el recurrente a partir de que los miembros de la Sala Penal Segunda que estuvieron presentes en dicha audiencia no fueron los mismos que resolvieron el Auto de Vista impugnado; ante esta situación, resulta imposible la labor de contrastación por no existir situación de hecho similar