A mayor abundamiento corresponde señalar que en la demanda reconvencional que fue declarada probada en
A mayor abundamiento corresponde señalar que en la demanda reconvencional que fue declarada probada en el Auto de Vista se reconvino por negación de derechos, al efecto corresponde señalar que de conformidad al art. 1455 del Código Civil, esta debe sustentarse en dos presupuestos 1) La existencia de un título de propiedad y 2) que otra persona alegue tener derechos en el mismo bien, en el caso presente ninguno de esos presupuestos se cumple pues el reconvencionista no cuenta con título de propiedad ya que el que presentó como tal, evidentemente tiene datos diferentes a los de la propiedad del demandante quién sí cuenta con título idóneo, consecuentemente el Tribunal de Alzada al asumir la determinación señalada precedentemente ha valorado erróneamente la prueba arrimada a obrados
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- Señala así mismo que si los Vocales que dictaron la Resolución recurrida consideran en el
- Fuera de ello añade que cuando se notificó con los dos recursos de apelaciones los
- En el fondo
- Dice también que el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias toda vez que la Resolución
- Menciona también que existe error de derecho y de hecho al apreciar las pruebas ya
- También se aprecia un error de derecho al apreciar las pruebas al declarar la procedencia
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- Menciona así mismo que su derecho propietario nace de un título ejecutorial de dotación agraria
- Respecto a que el Auto de Vista no hace mención a la contestación del recurso
- Con relación al recurso de casación en el fondo respecto a la excepción perentoria de
- Menciona también que el Auto deVista dice que como no se ha demandado por parte
- Finalmente en cuanto al error de derecho y de hecho al apreciar las pruebas concretamente
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Respecto al reclamo referente a que el Tribunal de Segunda Instancia otorgó más de lo
- En lo que concierne a que el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias, toda vez
- Sin embargo de lo anotado el Tribunal de Segunda Instancia al Revocar la Sentencia y
- A mayor abundamiento corresponde señalar que en la demanda reconvencional que fue declarada probada en
- Finalmente en lo que concierne al error de derecho al apreciar las pruebas al declarar
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
