También se aprecia un error de derecho al apreciar las pruebas al declarar la procedencia
También se aprecia un error de derecho al apreciar las pruebas al declarar la procedencia de la Usucapión quinquenal por estar viviendo en el inmueble cinco años, pero en su misma confesión acredita que siempre o desde hace treinta años vivió en Km. 6 doble vía La Guardia entonces no puede existir usucapión de ninguna clase ya que no se puede fundamentar una usucapión quinquenal con relación al inmueble objeto de la Litis, ya que su título ejecutorial corresponde a un terreno ubicado en otro lugar distinto al de mi mandante, como se menciona en el punto anterior y el reconvencionista vive como él mismo lo indica en su confesión judicial provocada desde hace 30 años en la doble vía La Guardia, sin que corresponda la aplicación de la usucapión quinquenal prevista por el art. 134 del Código Civil
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- Señala así mismo que si los Vocales que dictaron la Resolución recurrida consideran en el
- Fuera de ello añade que cuando se notificó con los dos recursos de apelaciones los
- En el fondo
- Dice también que el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias toda vez que la Resolución
- Menciona también que existe error de derecho y de hecho al apreciar las pruebas ya
- También se aprecia un error de derecho al apreciar las pruebas al declarar la procedencia
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- Menciona así mismo que su derecho propietario nace de un título ejecutorial de dotación agraria
- Respecto a que el Auto de Vista no hace mención a la contestación del recurso
- Con relación al recurso de casación en el fondo respecto a la excepción perentoria de
- Menciona también que el Auto deVista dice que como no se ha demandado por parte
- Finalmente en cuanto al error de derecho y de hecho al apreciar las pruebas concretamente
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Respecto al reclamo referente a que el Tribunal de Segunda Instancia otorgó más de lo
- En lo que concierne a que el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias, toda vez
- Sin embargo de lo anotado el Tribunal de Segunda Instancia al Revocar la Sentencia y
- A mayor abundamiento corresponde señalar que en la demanda reconvencional que fue declarada probada en
- Finalmente en lo que concierne al error de derecho al apreciar las pruebas al declarar
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
