Auto Supremo AS/0521/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0521/2016

Fecha: 16-May-2016

10

10.- Respecto a la acusación de no haberse valorado la prueba de fs. 438, en sentido de que la minuta de 12 de febrero de 1966 refiere otra identidad; se debe señalar que en el contenido de la pretensión reformulada de fs. 346 a 348 vta. no se ha argumentado como causa de nulidad la suplantación de la identidad de la madre de la actora, o que la identidad de la vendedora fuera otra; por lo que la misma resulta ser ajeno a la Litis, no pudiendo acusarse incumplimiento de lo dispuesto en el art. 699 del Código Civil Santa Cruz