Auto Supremo AS/0186/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2016

Fecha: 27-Jun-2016

Bajo ese contexto, de lo señalado precedentemente, después de haber realizado un nuevo análisis, congruente,

Bajo ese contexto, de lo señalado precedentemente, después de haber realizado un nuevo análisis, congruente, haberse valorado las pruebas presentadas por ambas partes, y efectuada la motivación y fundamentación, al margen del Auto Supremo que fue revocado, se tiene que el presente fallo, se encuentra de acorde a lo referido en el anterior, con la diferencia de que este fallo se pronunció bajo el lineamiento jurisprudencial extendido por el Tribunal Constitucional Plurinacional, tomando en cuenta de que la motivación no necesariamente implica una exposición exagerada de consideraciones y normas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, lo cual se efectuó en el presente auto, ya que se sustentaron los motivos por los cuales se llegó a la conclusión de que el tribunal de alzada efectuó una valoración e interpretación incorrecta de los preceptos jurídicos denunciados, dado que Bernardo Antonio Baldivia Strampfer, no tenía que ser considerado como un funcionario público y que la Juez Primera de Trabajo y Seguridad Social era competente para conocer la demanda, puntos que fueron los demandados en el recurso de casación en el fondo; y ampliamente expuestos mediante cita de pruebas cursantes en obrados, y normas jurídicas aplicables en el presente caso, las cuales fueron erróneamente apreciadas por los tribunales de instancia