Auto Supremo AS/0453/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453/2016-RRC

Fecha: 15-Jun-2016

2) Respecto de los defectos de la Sentencia, previstos en los incs


2) Respecto de los defectos de la Sentencia, previstos en los incs. 1), 5), 6), 8) y 11) del art.370 del CPP, se tiene que la audiencia de juicio se realizó de manera oral, pública y contradictorio y que si bien se presentó la prueba documental de cargo consistente en dos certificados médicos forenses, fotográficas, las declaraciones de cargo y el acta de registro del hechos, misma que fueron debidamente valoradas en juicio y que si bien los defectos señalados implicarían nulidad de la sentencia, se debe considerar que los recurrentes con el hecho de presentar las pruebas ofrecidas no basta para demostrar la autoría de los acusados y menos determinar la subsunción del tipo penal; toda vez, que eso se determina dentro de la valoración y al análisis de los elementos probatorios, tal como lo establece “El principio de tipicidad” expresado en el Auto Supremo 67 de 27 de enero de 2006