Auto Supremo AS/0453/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453/2016-RRC

Fecha: 15-Jun-2016

4) En cuanto a la defectuosa valoración probatoria, si bien los recurrentes señalaron que no


4) En cuanto a la defectuosa valoración probatoria, si bien los recurrentes señalaron que no se consignó el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, no se señaló cuáles serían las pruebas y en qué forma no fueron valoradas estas; además, precisar cual la normativa que se estaría incumpliendo; sin embargo, al respecto se expresó que se tomó en cuenta como hecho relevante las contradicciones que existente en las declaraciones de los testigos ofrecidos por el Ministerio Público y la acusación particular, asimismo se aclaró que valoración intelectiva de las pruebas, en cuanto a la valoración de las pruebas documentales de cargo, se concluyó que de la presentación de las mismas no existían requerimientos fiscales para la obtención de alguna de ellas, encontrándose presente las razones por las cuales no se tomó en cuenta para fundar la Sentencia apelada. Asimismo, de acuerdo a lo establecido por el Auto Supremo 566/2004 de 1 de octubre, se aclaró que en alzada no es viable la revalorización de la prueba