Auto Supremo AS/0453/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453/2016-RRC

Fecha: 15-Jun-2016

En cuanto a la problemática planteada por los recurrentes y los precedentes invocados se debe


Finalmente en cuanto al auto Supremo 131 de 13 de mayo de 2005, se tiene que este precedente tiene como problemática resuelta los plazos y procedimientos previstos para la deliberación y lectura de la Sentencia, situación o agravio que no forma parte de la admisión del presente recurso, pues se aclaró en el Auto correspondiente que solo se verificaría la respuesta motivada o no de los agravios alegados en la apelación restringida, por lo tanto, no puede ser motivo de contraste en el fondo.

III.3 Análisis del Caso Concreto.

En cuanto a la problemática planteada por los recurrentes y los precedentes invocados se debe tener presente que existe falta fundamentación y/o incongruencia en el Auto de Vista impugnado, cuando se evidencia que el Tribunal de alzada no se pronunció de manera expresa, clara, concreta y lógica sobre cada uno de los puntos cuestionados en el recurso de apelación restringida o en su caso no se advierta una respuesta positiva o negativa a dichos planteamientos pues, del cumplimiento de estas exigencias se exterioriza el fundamento de la decisión adoptado, explicando una determinada interpretación del Derecho y permitiendo de ese modo el eventual control jurisdiccional de aquella decisión, aclarándose que, ello no implica imponer una especial estructura en el desarrollo de los razonamientos, pues una motivación escueta y concisa no deja; por ello, de ser motivación, así como una fundamentación ampulosa tampoco garantiza que lo sea. Lo fundamental es que la Resolución contenga una relación fáctica o de antecedentes y en el caso concreto de la apelación, del o los agravios denunciados y por otra, una valoración jurídica suficientemente razonada acerca de dichos agravios