Auto Supremo AS/0463/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0463/2016-RRC

Fecha: 22-Jun-2016

vii) Errónea aplicación de la ley adjetiva en relación al art


vi) Constitución de defecto procesal absoluto contenido en el art. 169 inc. 3) del CPP, por vulneración al debido proceso y principio de libertad probatoria y derecho a la defensa, conforme dispone el art. 171 del precitado cuerpo legal y a la Sentencia Constitucional 0424/2000-R, debido a la ilegal y arbitraria negativa de producción de necropsia (exhumación) de la víctima para la realización de estudios, conforme a las normas de producción de prueba pericial en juicio oral debidamente propuesto.

vii) Errónea aplicación de la ley adjetiva en relación al art. 370 inc. 6) del CPP; puesto que, la Sentencia omite valorar la prueba pericial de descargo, como es el dictamen de José Villegas Ibáñez, Perito en Criminalística, afirmando de forma falsa que se habría cumplido con la cadena de custodia de las muestras colectadas en la autopsia, cuando el peritaje de descargo demuestra que se rompió dicha cadena, lo mismo con relación al peritaje realizado por Carla Filomena Rita Guzmán Velarde, Magister en Medicina Legal, respecto del cual, sólo se afirma que hubiese realizado interpretación de documentos, sin valorar menos establecer coherentemente la sana crítica del juzgador en cuanto a las conclusiones que arrojó el dictamen pericial mencionado, incurriendo en subjetivismo unilateral