Auto Supremo AS/0813/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2016

Fecha: 13-Jul-2016

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De los agravios y de la jurisprudencia constitucional.-
1.- Respecto a la acusación de que Sala Penal, hubiera dado a entender la existencia de cosa juzgada que lo condena haber causado daño al Estado; dicha acusación no es certera por considerar que la Sala Penal en su resolución de 21 de marzo de 2016, no señaló la existencia de resolución que condene al recurrente, sino que el presente proceso es precisamente para investigar y en su caso sancionar la conducta ilícita que presuntamente hubiese generado daño económico al Estado