Auto Supremo AS/0813/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0813/2016

Fecha: 13-Jul-2016

Por otra pate sostiene que el caso Suarez Rosero Vs

Añade que la resolución impugnada como la proposición acusatoria, violenta la garantía del debido proceso y transcribe parte de la Sentencia Constitucional Nº 1276/2001 de 5 de diciembre de 2001.
Por otra parte la Procuraduría General del Estado, contestó dicho recurso en memorial de fs. 342 a 346, manifestando que en la data de los hechos investigados de 1986 a 1993, se encontraba vigente el Decreto Ley Nº 16390 de que determinaba la imprescriptibilidad de los delitos contra la economía del Estado, que a la fecha no fue abrogada, siendo coherente la normativa descrita en el artículo único del Decreto Ley Nº 16390 con el art. 112 de la Constitución. Asimismo señala que respecto el art. 8.I de la Convención Americana relativa al plazo razonable, debe entenderse que el proceso recientemente se ha iniciado, refiere que sobre la aplicación del art. 9 de la Convención, la Corte Interamericana se ha pronunciado sobre aspectos sustantivos y que no son similares al caso presente.
Por otra pate sostiene que el caso Suarez Rosero Vs. Ecuador, no refiere sobre el art. 9 de la Convención, no es similar al caso presente en el que se formuló excepción de prescripción y no extinción por duración máxima del proceso